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# Carta para Miguel
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## Entendiendo tu compromiso
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Estás leyendo esto porque hemos decidido nombrarte tutor personal Sofía (importante: y de los que vengan) en nuestro testamento. Confíamos plenamente en ti y en Pilar para una situación que esperamos nunca llegue.
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Este documento existe para que entiendas exactamente qué implicaría este rol.
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## ¿Qué significa ser tutor personal?
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Significa que serías la persona responsable del cuidado y crianza de Sofía. No la persona que gestiona su dinero — eso lo haría Ana. Tu responsabilidad es el niño como persona: su bienestar, su educación, su salud, su vida cotidiana.
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En la práctica, implicaría:
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- **Vivir con el menor o garantizar que tiene un hogar.** Tendrías que decidir dónde vive, con quién y en qué condiciones. No hay una respuesta correcta: tu estarás al cargo.
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- **Tomar decisiones sobre su educación.** Qué colegio, qué actividades, cómo manejar sus dificultades académicas o personales.
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- **Asumir las decisiones médicas.** Desde las revisiones rutinarias hasta situaciones más serias. Serías quien firma los consentimientos, quien está en la consulta, quien decide.
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- **Ser su referente emocional.** El adulto a quien el niño ve como su figura de seguridad.
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En caso de que Eli y yo fallezcamos a la vez, un juez deberá decidir la tutela de Sofía. Nosotros no tenemos autoridad legal para que tú seas el tutor, pero que indiquemos en el testamento que te elegimos hace prácticamente seguro que el juez te elija. Debería ver algo raro e inadecuado para contradecir nuestra intención. En caso normal, el juez te nombrará formalmente y podrá pedirte que rindas cuentas sobre cómo va el menor.
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## ¿Qué NO tendrías que hacer?
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No tendrías que gestionar el patrimonio oficial de Sofía. Esa responsabilidad recae íntegramente sobre Ana.
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Esto significa que no tendrías que preocuparte por invertir la herencia, rendir cuentas de los activos, ni tomar decisiones financieras. Lo que si puedes hacer es pedirle a Ana todo el dinero que haga falta para cuidar a Sofía.
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## El rol de Ana y cómo trabajar juntos
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Ana es la administradora de los bienes de Sofía. Su función es gestionar todo el patrimonio que los padres dejan al niño, y también cualquier herencia que pudiera recibir de otras personas mientras sea menor de edad.
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La división de roles está pensada para que ninguno de los dos cargue con todo:
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- **Tú** sabes cómo está el niño, qué necesita, qué decisiones hay que tomar en su día a día.
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- **Ella** controla los recursos para que esas decisiones puedan llevarse a cabo.
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Esto funciona bien cuando hay comunicación fluida entre vosotros dos. En la práctica, significa hablar regularmente sobre las necesidades del menor y acordar cómo cubrirlas. No existe una fórmula fija, tendríais que encontrar vuestro propio ritmo. A priori, lo más razonable parecería que acordéis un presupuesto cada año y se gestione con flexibilidad.
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Si en algún momento hubiera desacuerdo entre los dos sobre algo importante, el juez que supervisa la tutela puede mediar. Pero nuestra intención es que os coordinéis directamente, sin necesidad de llegar a ese punto.
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## ¿Cuánto dura?
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Hasta que el menor cumpla 18 años y adquiera plena capacidad legal para decidir por sí mismo. A partir de ese momento, dejas de tener responsabilidad formal sobre él. Lo que quede después de eso ya no depende de la ley, sino de vosotros.
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## Extra importante: el botín
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Todo lo descrito hasta el momento es lo legal y oficial. Hay una responsabilidad adicional que queremos pedirte pero que nada tiene que ver con notarios y jueces. Eli y yo tenemos una cartera de Bitcoin autocustodiada, que se maneja al margen del sistema. Ya entraremos en detalles, pero la cantidad es significativa, y conservar los fondos depende de un buen manejo de las claves.
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Nos gustaría que estos fondos, igual que los activos oficiales, se usen para costear el cuidado de Sofía y para que ella tome el control de los mismos cuando sea mayor. A diferencia de con los activos, donde la ley obliga a que Sofía tenga control de los mismos al hacerse mayor de edad, esta cartera solo caerá en sus manos cuando ella tenga las claves. Cosa que ningún juez va a controlar.
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Todavía estamos perfilando los detalles, pero la intención sería diseñar una estructura en que tanto Ana como tú tengáis control de la cartera. También deberemos establecer un sistema para que podáis llegar a acceder a la cartera sin nuestra ayuda.
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Los detalles están por pulir y los charlaremos, pero por el momento has de saber: que tendrías que tomar control de la cartera junto a Ana, y que tendrás que tener claro como acceder y cuidar de ella por si algún día hay que hacerlo.
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## ¿Puedes rechazar el cargo?
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Sí. Nadie puede ser obligado a ejercer una tutela. Si cuando llegara el momento no pudieras o no quisieras asumir el cargo tienes todo el derecho a declinarlo. El juez buscaría entonces la solución más adecuada para el menor.
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